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El término Cradle to Cradle (C2C) literalmente significa “de la cuna a la cuna” y hace mención a un concepto ecológico donde la reducción pasa a un segundo plano y lo importante es la reutilización. En el C2C, todos los materiales utilizados deberían poder reutilizarse sin deterioro en su calidad. Ahonda en la visión de la construcción como un ciclo cerrado, donde el punto de partida sería un diseño que tuviese en cuenta los materiales utilizados y su proceso constructivo.

El origen del Cradle to Cradle es el libro del mismo título escrito por Michael Braungart y William McDonough.

Pensar en el C2C como la Próxima Revolución Industrial puede que sea algo presuntuoso, pero sí es cierto que asumir que la industria puede ser un aliado, y no un enemigo, como aparece en el concepto tradicional de ecología, es una visión mucho más realista y un paso hacia adelante.

Desde 2005 existe un programa de certificación Cradle to Cradle. El programa proporciona pautas para ayudar a las empresas a implementar el marco de C2C, centrado en el uso de materiales reutilizables.

Para saber más:

http://mbdc.com/

En el Decreto 169/2011, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Fomento de las Energías Renovables, el Ahorro y la Eficiencia Energética en Andalucía, se establecen, entre otras cosas, las obligaciones relativas al mantenimiento de las condiciones energéticas de los edificios y sus instalaciones y, especialmente, la obligatoriedad de implementar los Planes de gestión de la energía exigibles a los edificios cuya potencia térmica nominal instalada sea superior a 70 kW, con un ámbito de aplicación para edificios de nueva construcción, con algunas excepciones, y para edificios existentes con superficie útil superior a 1.000m2 y que sean objeto de reformas, también con algunos condicionantes.

El propio decreto define Plan de gestión de la energía de un edificio como el conjunto de acciones técnicas y organizativas encaminadas a conocer la estructura de los consumos energéticos en un edificio, su eficiencia energética y el mantenimiento en el tiempo de ésta, así como las posibilidades de ahorro energético del edificio.

Será exigible durante la vida útil de aquellos edificios incluidos en el ámbito de aplicación, distinguiéndose entre edificios cuya potencia sea inferior a 600 kW y edificios cuya potencia sea igual o superior a 600 kW. Será igualmente exigible a aquellas partes del edificio, tales como garajes, locales comerciales o administrativos, almacenes o que se encuentren diseñadas con independencia del resto del edificio, con consumos energéticos independientes, cuando su potencia térmica nominal instalada alcance los valores indicados.

El Plan de gestión de la energía de un edificio será elaborado por el proyectista del edificio, de la instalación térmica o técnico competente para ello, y se  incorporará al proyecto de ejecución del edificio.

Recogerá, de forma detallada, las medidas organizativas y técnicas que deberán implementarse durante la vida útil del edificio, así como las características del sistema de recogida de datos y los índices energéticos a obtener.

La implementación de los Planes de gestión de la energía requerirá, por parte de la persona o entidad responsable de la gestión del plan, el seguimiento anual de la evolución del consumo de energía de sus instalaciones, con el fin de detectar posibles desviaciones y adoptar las medidas correctoras necesarias.

La gestión del Plan será encomendada a una empresa mantenedora, o a un técnico titulado competente.

La persona o entidad responsable de la gestión del Plan llevará un registro de las actuaciones realizadas y las medidas correctoras adoptadas, que quedarán recogidas en el informe sobre el cumplimiento del Plan de gestión de la energía, según modelo establecido, que será remitido con periodicidad anual al titular del edificio.

Si se detectara una variación de las características determinantes de la calificación energética del edificio respecto de la expresada en su Certificado Energético Andaluz, lo deberá comunicar de forma fehaciente al titular del edificio, así como las razones que motivan dicha variación y las medidas correctoras cuya aplicación estime necesarias, que dispondrá de seis meses para tomar las medidas que correspondan.

Con periodicidad anual, la persona, entidad o comunidad titular del edificio remitirá a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería con competencia en materia de energía el informe sobre el cumplimiento del Plan de gestión de la energía, según modelo establecido.

Edificios con potencia térmica nominal instalada igual o superior a 600 kW

Con el fin de detectar posibles desviaciones y adoptar las medidas correctoras necesarias, la implementación de los Planes de gestión de la energía requerirá por parte del Gestor energético el seguimiento anual de:

a) Los consumos específicos de energía primaria y de energía final (térmica y eléctrica) del edificio y de sus emisiones de CO2.

b) Los indicadores de eficiencia energética del edificio para el año al que se refieren los consumos.

c) El sistema de tarifación y los precios de facturación de la energía.

d) Las mejoras de eficiencia energética detectadas, y todavía no implementadas, agrupadas por su rentabilidad, medida por el período de retorno del capital.

e) Las actuaciones de mantenimiento con incidencia energética realizadas y su conformidad con el Programa de mantenimiento del edificio.

f) Las mejoras de eficiencia energética implementadas en los últimos 5 años. Se deberá indicar, para cada año, la descripción de las mejoras implementadas, los ahorros térmico y eléctrico conseguidos, la inversión realizada, el período de retorno simple y la reducción de emisión de CO2 asociada.

Estos edificios deberán incorporar, antes de su puesta en funcionamiento, un sistema de recogida, almacenamiento y manejo de datos, que incluirá la instrumentación y los programas informáticos necesarios para suministrar, al menos, la siguiente información:

a) Consumos de energía primaria y de energía final (térmica y eléctrica) de los equipos de consumo y emisiones de CO2.

b) Estructura energética segmentada por usos, fuentes de energía y unidades activas.

c) Balances de energía en cada una de las unidades activas y en el conjunto del edificio.

d) Indicadores de eficiencia energética, y calificación energética del edificio.

Los sistemas voluntarios de Certificación se utilizan para acreditar el cumplimiento de unos criterios de sostenibilidad y eficiencia. Aunque todos tienen la misma finalidad, no todos se rigen por los mismos estándares ni ponderan los aspectos estudiados de la misma manera. Algunos de los más importantes son los siguientes:

LEED.

Método de evaluación estadounidense. LEED es un sistema de evaluación y estándar internacional desarrollado por el US Green Building Council para fomentar el desarrollo de edificaciones basadas en criterios sostenibles y de alta eficiencia. Es la certificación más extendida en el mundo.

Está basado en estándares de construcción norteamericana. Dependiendo de los créditos conseguidos según los criterios de valoración, la certificación final podrá ir desde el Certificado LEED hasta el LEED Platino, pasando por el LEED Bronce, Plata y Oro.

BREEAM.

Método de Evaluación Ambiental del Organismo de Investigación de la Construcción de ran Bretaña (Building Research Establishment Environmental Assessment Methodology). BREEAM establece el estándar para las mejores prácticas en el diseño sostenible de edificios, construcción y operación y se ha convertido en una de las medidas más completas y reconocidas de desempeño ambiental de un edificio. Es el sistema de certificación más antiguo.

La certificación se mueve entre el BREEAM Aprobado, Bueno, Muy Bueno, Excelente y el BREEAM Excepcional.

DGNB.

Sistema de la Asociación Alemana de la Construcción Sostenible. El certificado de clasificación DGNB prima el desempeño edificio entero en lugar de medidas individuales. Apoyado por el Ministerio Alemás de Construcción y Urbanismo.

El grado de rendimiento se mide en porcentajes y en forma de notas. Dependiendo del cumplimiento de los requisitos establecidos, se otorgarán los certificados DGNB Oro (80% cumplimiento), Plata (65%) o Bronce (50%).

GBC-VERDE.

La Certificación GBC VERDE reconoce la reducción de impacto medioambiental del edificio que se evalúa comparado con un edificio de referencia. El edificio de referencia es siempre un edificio estándar realizado cumpliendo las exigencias mínimas fijadas por las normas y por la práctica común.

Establece un total de 6 Niveles de Certificación, que van desde el 0 al 5 Hojas VERDE, que permiten reconocer de forma diferenciada los méritos medioambientales de cada uno de los proyectos que solicitan la certificación, en función del impacto ambiental evitado por los edificios.

El World Green Building Council (WorldGBC) tiene su sede en Canadá.

PASSIVHAUS.

Certificación de cumplimiento del Standard Passivhaus, basado en limitaciones de demanda energética, estanqueidad al aire y en una demanda de energía primaria total no superior a los 120 kWh/m2a.

Aunque el término Passivehaus no está protegido, el Passive House Institute tiene un servicio de certificación para acreditar el cumplimiento de los estándares Passive. 

MINERGIE. 

De origen suizo, MINERGIE es una marca de sostenibilidad para los edificios nuevos y renovados.

Otros: 

CASBEE.

Con base en Japón, CASBEE es un sistema estructurado para la evaluación de edificios, para una amplia gama de aplicaciones, y que tiene en cuenta las cuestiones y los problemas peculiares de Japón y Asia. 

PROYECTO BRASILIA.

El proyecto Brasilia está impulsado desde el Área de Innovación Tecnológica en la Edificación, de Transferencia de Tecnología La Salle, de Barcelona.

El objetivo final del Proyecto Brasilia es conseguir una marca que califique cualquier tipo de edificación según los pilares de sostenibilidad y tecnología.

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